Actualidad, 7/29/2025 6:51:00 PM

REFORMAN LEY 350 DE 2022 QUE REGULA EL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA EN PANAMÁ: EXAMEN DE BARRA OPCIONAL

Por Ángel Raúl Aguilar / Fotos Iván Castillo

Sin perder el eje del profesionalismo, fue refrendado, en tercer debate, el Proyecto 168, que modifica artículos de la Ley de Abogados del 2022, que implementó la obligatoriedad del examen de barra, permitiendo al estudiante elegir una de tres alternativas para optar por la idoneidad.

El Proyecto 168, Que modifica y deroga artículos de la Ley 350 de 2022, que regula el ejercicio de la abogacía en Panamá fue aprobado, por mayoría, en el pleno legislativo, dándole a la población estudiantil la alternativa de considerar el examen de barra como prueba opcional y no obligatoria.

De lo aprobado, se otorga a los estudiantes la posibilidad de hacer práctica profesional, en el sector público como privado, además del trabajo de tesis, ampliado la cantidad y variedad de profesionales en el mercado laboral.

Previamente, en la Comisión de Gobierno y Asuntos Constitucionales se realizaron las consultas y consensos para aportar al mejoramiento del proyecto, donde se definieron tres alternativas, a fin de que el estudiantado tomara la opción de elegir una de ellas con el destino de obtener el certificado de idoneidad y ejercer la carrera en la república de Panamá.

Las decisiones adoptadas, durante las consultas, se llevaron a cabo mediante la creación de una subcomisión que analizó la iniciativa de Ley 168, en el cual se escucharon los pros y contras; además de las posiciones de letrados en la materia de Derecho.

Futuros profesionales de Derecho estuvieron presentes en las gradas presenciando el debate de la norma jurídica, que eliminará del camino una cortapisa, como la prueba de barra obligatoria, en sus aspiraciones de lograr la idoneidad.

EN CONCLUSIÓN, EL ARTÍCULO 1: MODIFICA EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 350 DE 21 DE DICIEMBRE DE 2022, ASÍ:

La Corte Suprema de Justicia solo otorgará certificado de idoneidad para el ejercicio de la profesión de abogado, a quien reúna los siguientes requisitos:

Haber cumplido con algunas de las siguientes opciones:

*Aprobar el examen profesional de acceso a la abogacía, en el cual se calificará la capacidad analítica en temas jurídicos del aspirante a abogado.

Revestido del principio de retroactividad, se aplicará a quienes inicien la carrera de Derecho después de la promulgación de esta Ley.

 *Tesis publicada en una revista indexada o especializada, como opción de graduación.

 *Servicio voluntario de tres (3) meses en despachos y juzgados del Órgano Judicial y del Ministerio Público., así como en instituciones púbicas que cuenten con oficinas de asesoría legal.

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