Actualidad, 3/27/2026 1:22:00 PM
A UNA SANCIÓN PARA CONVERTIRSE EN LEY, PROCESO DE TRANSICIÓN ORDENADA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL Y COMUNAL
Por Ángel Raúl Aguilar González / Fotos Iván Castillo
El Proyecto de Ley 11, Objetado, que establece un proceso ordenado de transición en comunas y municipios, considerado un tema de avance novedoso en materia de transparencia dentro de estas estructuras políticas, según las disposiciones contenidas en el documento, ahora a la espera de su sanción para convertirse en Ley.
En su sesión del viernes, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó el Proyecto 11, (Objetado) Que reforma la Ley 105 de 1973, que organiza las juntas comunales, y la Ley 106 de 1973, sobre Régimen Municipal, y dicta otra disposición.
Se trata de una transición ordenada inédita en Municipios y Juntas Comunales que está a puertas de convertirse en una herramienta de transparencia, con el objetivo de transparentar la gestión en los gobiernos locales.
Según el proponente, Neftalí Zamora, se instituye un proceso de transición entre autoridades salientes y entrantes de gobiernos locales cuyo proceso permitirá la rendición de cuentas y la transparencia frente a la ciudadanía.
El Proyecto de Ley 11 establece en este proceso de cambio de mando que las autoridades que finalicen su gestión deberán presentar dentro de los treinta días calendarios siguientes, al cierre del periodo que concluye, un informe de gestión.
Este informe contendrá, como mínimo, el detalle de sus ingresos y egresos, proyectos ejecutados, bienes adquiridos, estado de las finanzas, inventario actualizado de bienes muebles e inmuebles, contratos vigentes y compromisos pendientes
De esa forma, se sustenta en la iniciativa, que habrá más acciones transparentes otorgando las mejores herramientas a los representantes y alcaldes para el desarrollo local de las comunidades en todo el país.
El presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Herrera, municipalita de formación y proponente de una legislación que da más vigor a las funcionalidades de descentralización, destacó la preponderancia del instrumento legal porque fortalece los mecanismos de transparencia, continuidad administrativa y rendición de cuentas en las autoridades locales.
Al igual que sus colegas, resaltó la rendición de cuentas de forma ética y transparente frente a la ciudadanía, mediante la presentación de una auditoría y un informe detallado sobre la situación real de cada junta comunal y municipio en la República.
PUNTOS OBJETADOS Y RESUELTOS CON PLIEGUE DE MODIFICACIONES
La objeción presidencial está basada en temas relacionados a una revisión de los procedimientos, donde se objetan los artículos 1 y 3 del Proyecto 11.
Según el Órgano Ejecutivo, dichos artículos introducen excepciones al manejo presupuestario de los gobiernos locales permitiendo que estos autoricen modificaciones contraviniendo el orden constitucional que asigna al Estado a través del MEF.
Asimismo, se consideraron inexequibles otros dos artículos porque a criterio de la presidencia invadían competencias que le correspondían a la Contraloría y no a la Secretaría de Descentralización.
Ante esas objeciones, los diputados debatieron los asuntos en discrepancias y decidieron aprobar un pliego de modificaciones atendiendo los señalamientos por inconveniencia e inconstitucional.
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